Normativa Permanencia
Cuadro resumen de la normativa de permanencia
FASE INICIAL
Permanencia
A efectos de permanencia, se requiere aprobar un mínimo de 48 ECTS de la Fase Inicial de los estudios de Grado en un plazo máximo de 2 años académicos (4 años si se cursan los estudios a tiempo parcial y 3 años si se cursan en la modalidad semipresencial).
No se tienen en cuenta para la permanencia los créditos obtenidos por reconocimiento, convalidación o adaptación.
Normativa aprobada en la Comisión Permanente de 22/10/2014
PRERREQUISITOS Y COREQUISITOS
No se pueden establecer prerrequisitos y/o corequisitos entre las asignaturas de la Fase Inicial.
Es recomendable orientar a los estudiantes en la elección de asignaturas de cursos superiores una vez superada la Fase Inicial.
En este sentido, la Comisión de Evaluación Académica de este centro, a título orientativo y en función de las asignaturas pendientes de la Fase Inicial, recomienda ("por incompatibilidad") no matricular las siguientes asignaturas:
Si en primer curso has suspendido: | Mejor NO matricules: |
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Normativa aprobada en la Comisión de Evaluación Académica (CAA) del 16/06/2010
UNA VEZ SUPERADA LA FASE INICIAL
Definición de conceptos
Una vez el estudiante ha superado la Fase Inicial, la FOOT realiza el seguimiento de su rendimiento académico a partir de la obtención del cociente entre los créditos que ha matriculado y los créditos que ha superado cada cuatrimestre. Para el cálculo de este cociente (llamado parámetro de rendimiento académico) no se tienen en cuenta los créditos obtenidos por convalidación y/o reconocimiento.
Características
En los estudios del Grado en Óptica y Optometría, cuando un estudiante obtiene, durante dos cuatrimestres consecutivos, un parámetro de rendimiento académico inferior a 0,5 el centro le asigna un tutor que lo oriente en su matrícula.
Posteriormente: si el estudiante obtiene un parámetro de rendimiento académico inferior a 0,3 durante tres cuatrimestres consecutivos se produce, excepto en casos justificados, la desvinculación automática de los estudios durante un período máximo de dos cursos académicos.
En este marco, el estudiante tiene derecho a solicitar al centro que, por razones que deberá justificar, no se le tenga en cuenta el parámetro de rendimiento de un cuatrimestre determinado.
Asimismo, si de la evolución del parámetro de rendimiento resulta su desvinculación automática durante dos años y considera que hay razones que justificarían que esta medida no se le aplicara (enfermedad durante el cuatrimestre, etc.), también puede presentar una solicitud al centro con las alegaciones que considere oportunas.
Procedimiento y plazos
Plazos
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